Sección para Mujeres

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Mujeres

¿Estás en una situación de riesgo frente a la violencia?

En esta sección encontrarás orientación. 

Las órdenes de protección son un derecho de todas las mujeres y niñas. Son mecanismos urgentes de protección que se aplican en función del interés superior de la mujer en situación de violencia, o bien, en riesgo de sufrir violencia y establece un conjunto de acciones de prevención y protección por parte de las autoridades.

Si estás en una situación de riesgo o sufres violencia es importante que sepas que:

Para otorgarte una orden de protección, no te pueden obligar a iniciar una demanda o un proceso judicial.

Pueden dictarse por los órganos jurisdiccionales y, en ocasiones, por el Ministerio Público. La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia reconoce la competencia de las autoridades administrativas para dictar órdenes de protección.

Dependiendo de la ley de tu Estado, los plazos de vigencia pueden durar 72 horas, o bien, 15, 30 o 60 días. En algunos lugares puede prorrogarse este plazo por 30 días más o hasta que cese el riesgo.

Estos son algunos ejemplos de las medidas que podría contener una órden de protección:

  • Emergencia: desocupación del agresor del domicilio que habita la víctima, prohibición de acercarse al domicilio.
  • Preventivas: auxilio policiaco de reacción inmediata. 
  • Civiles: suspensión temporal del régimen de visitas con los hijos o hijas.