En tiempos de retroceso, hay que garantizar el progreso y la permanencia de los derechos
La Red de Juventudes Trans y EQUIS Justicia para las Mujeres celebramos la primera sentencia en la que el máximo tribunal de México ordena una reparación a mujeres trans por ser víctimas de discriminación debido a su expresión e identidad de género en espacios públicos. Esta decisión abre la puerta no solo para el colectivo trans, sino para todas las personas que son discriminadas.
La discriminación causa daño moral y el daño moral se repara
Esta sentencia reconoce que la discriminación por identidad y expresión de género implica una presunción de daño moral, sin necesidad de que las víctimas lo prueben con mayores exigencias. La resolución rompe con prácticas legales tradicionales y rígidas del derecho civil y garantiza una mayor protección para quienes han sido discriminadas, excluidas y violentadas en espacios públicos.
El peso de la discriminación y la urgencia de esta sentencia
Este año se cumplen 10 años de la lucha por la justicia de Jessica Marjane, Alessa Flores y Lía García, quienes enfrentaron actos de discriminación cuando les impidieron acceder a los sanitarios por su expresión e identidad de género por parte del personal del Centro Comercial Reforma 222 y de la empresa de seguridad “Protección Privada 2010”, en Ciudad de México. Este hecho marcó el inicio de una lucha legal que, para Alessa, fue truncada antes de poder exigir justicia, ya que su vida fue arrebatada en un crimen de odio. Su historia evidencia la violencia estructural que enfrentan las mujeres trans y la urgencia de garantizar su derecho a espacios libres de discriminación.
A lo largo del proceso, Jessica y Lía continuaron con la lucha legal, enfrentándose a tribunales locales que no juzgaron con perspectiva de género, que no tuvieron en cuenta el contexto de violencia estructural que enfrentan las mujeres trans, ni reconocieron el daño que habían sufrido, argumentando que no existían pruebas directas de afectación psicológica.
Un fallo que abre nuevos caminos hacia la justicia
Este fallo de la SCJN corrige esa injusticia. Ahora, se reconoce que:
- La discriminación no ocurre en el vacío, sino en un contexto de violencia y desigualdad estructural.
- No es necesario probar directamente el daño moral, ya que se presume cuando hay discriminación, en este caso por expresión e identidad de género.
- El daño a la integridad física y psicosocial justifica su presunción sin necesidad de prueba directa, ya que el dolor, el sufrimiento o la afectación a la dignidad son consecuencias inherentes a un acto discriminatorio. Basta con la certeza del hecho y su ilicitud, narrados por las víctimas, para reconocerlo.
- Las empresas y particulares tienen la responsabilidad de evitar la discriminación y garantizar espacios seguros.
Este precedente abre una oportunidad en el derecho civil que ha impuesto estándares injustos para las víctimas. Ahora, las mujeres trans y otros grupos históricamente vulnerados tienen una vía más para exigir justicia y reparación integral.
Esta sentencia no solo beneficia a las mujeres trans, sino que también es un avance clave en la lucha contra la discriminación:
✅ Reconoce la dimensión colectiva de la discriminación, estableciendo que cuando una persona trans es discriminada, el daño podría afectar a toda la comunidad presente en el contexto, generando percepciones de discriminación, pues la discriminación no se vive en soledad.
✅ Garantiza una reparación económica para las víctimas, incluyendo una sanción a las empresas (daño punitivo) que discriminan, para prevenir futuros actos discriminatorios.
✅ Refuerza el mensaje de que la identidad y expresión de género no pueden ser motivo de exclusión en ningún espacio.
Esta sentencia reconoce como discriminatorio:
🚫 Negar el acceso a sanitarios a mujeres trans. Considerar que el baño de las mujeres es exclusivo de las mujeres cis o personas que cumplan determinada apariencia.
🚫Pedir identificaciones para acceder a espacios de acuerdo con la identidad de género, lo cual refuerza estereotipos dañinos y es ilegal.
🚫 Argumentos que consideran que las mujeres trans “son peligrosas” en los baños de mujeres.
“#SiDiscriminasReparas”: Sanciones económicas para prevenir la violencia estructural
Este fallo también introduce los daños punitivos en casos de discriminación, lo que implica sanciones económicas significativas para empresas y particulares que cometan actos discriminatorios para que no los repitan. En la sentencia se reconocen otros casos de discriminación que han ocurrido en la misma plaza y busca generar un cambio para desincentivar la discriminación a nivel estructural. Las empresas deben adoptar políticas antidiscriminatorias, capacitar a su personal y garantizar espacios libres de violencia.
¡Las empresas deben entender que excluir y violentar a personas trans no quedará impune!
Mientras otros países han experimentado retrocesos en derechos de la comunidad LGBTI+, México refuerza la protección legal para mujeres trans y otros grupos históricamente vulnerados.
🌎 Este fallo coloca a México a la vanguardia de la lucha por la igualdad.
⚖️ Refuerza el principio de igualdad al reconocer que la discriminación genera daño y debe ser reparado.
📢 Reconoce que el derecho debe evolucionar hacia la justicia con perspectiva de género.
Ahora está en manos de los tribunales de la Ciudad de México dictar una nueva sentencia con los lineamientos de la Corte.
¡SEGUIREMOS ROMPIENDO ESTRUCTURAS Y COSECHANDO JUSTICIAS!
#SiDiscriminasReparas
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