Suprema Corte otorga amparo a sociedad civil en favor de la transparencia judicial

 

  • El máximo tribunal de justicia determinó que todas las sentencias de los tribunales del país deben estar a disposición de la sociedad porque son información de interés público.

 

Con motivo de un amparo promovido por el colectivo #LoJustoEsQueSepas [1], la Suprema Corte de Justicia de la Nación sentenció que todas las juezas, jueces, magistradas y magistrados del país, tanto a nivel federal como local, se encuentran obligados a poner a disposición de la ciudadanía todas y cada una de las sentencias que dicten en los casos que resuelvan.

 

El juicio fue promovido por el colectivo #LoJustoEsQueSepas, en abril de 2018, en contra de las y los jueces del estado de Zacatecas por no hacer públicas  sus sentencias, al no considerarlas de “interés público”[2]. Con este caso, el colectivo buscaba que la Suprema Corte, en última instancia, se pronunciara a favor de la publicación de todas las sentencias. Situación que hoy, por fin, se logró.

 

El amparo otorgado por la Primera Sala de la Corte declara que las normas que permiten que quede a discreción de las personas impartidoras de justicia si publican o no sus resoluciones son inconstitucionales y obliga a todos los jueces y magistrados de Zacatecas a poner a disposición de la ciudadanía la totalidad de las sentencias que han emitido en los últimos años.

 

Si bien, el 13 de agosto de 2020, se reformó el artículo 73 de la Ley General de Transparencia para determinar que los Poderes Judiciales deben publicar todas las sentencias, a la fecha, sigue vigente la versión anterior de la Ley -la cual reclamó el colectivo en su demanda de amparo-, ya que se estableció un plazo de 180 días para que la nueva ley entre en vigor. De ahí la importancia de que la Suprema Corte de Justicia hoy haya determinado que todas las sentencias son información relevante para la sociedad y por lo tanto son de “interés público”.

 

Desde el 2018, el colectivo #LoJustoEsQueSepas ha trabajado porque todas las sentencias emitidas por los poderes judiciales federales y locales sean consideradas de interés público. Primero, porque la publicación de las sentencias permite conocer cómo se está impartiendo justicia y detectar aquellas sentencias que violan derechos humanos en lugar de garantizarlos. Segundo, porque la publicación de las sentencias nos permite vigilar el desempeño de las y los jueces.

 

El derecho de acceso a la información es un derecho constitucional y la transparencia y rendición de cuentas son obligaciones de los sujetos obligados, por lo que no pueden ni deben estar sujetos a controles políticos. Como organizaciones integrantes de la sociedad civil continuaremos velando por el mejoramiento constante y la autonomía de los organismos garantes de la transparencia y la rendición de cuentas. Celebramos este gran paso a favor de la transparencia judicial que fortalece la independencia y legitimidad del Poder Judicial e incentivará la participación ciudadana al permitirles ejercer libremente sus derechos de acceso a la información, libertad de expresión y opinión respecto a la impartición de justicia.

 

 

Contactos para prensa

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EQUIS Justicia para las Mujeres

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Juan Vázquez

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[1] El colectivo está integrado por EQUIS Justicia para la Mujeres (EQUIS), Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI), México Evalúa, Borde Político, Artículo 19, Controla tu Gobierno y Fundar.

[2] En el informe (In)Justicia Abierta (EQUIS Justicia para las Mujeres, 2019) se documentó que existen más de siete interpretaciones sobre qué sentencias son de “interés público”, lo cual contribuye a la opacidad judicial.

 

Si estás buscando ayuda, te acercamos a las instituciones encargadas de atenderte y a organizaciones en los estados que pueden ayudarte.